El borrador del decreto que regulará el alquiler vacacional en Canarias limita esta actividad al suelo residencial y la excluye con carácter general de las zonas turísticas, aunque cabildos y ayuntamientos podrán establecer excepciones en sus respectivos ámbitos territoriales.
El consejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Isaac Castellano, que presentó este borrador en rueda de prensa, explicó que el texto no es definitivo, porque falta considerar las alegaciones que se presenten en el periodo de información pública y las aportaciones de otras áreas del ejecutivo, por lo que se calcula que la aprobación final de la normativa tardará aún entre cuatro y seis meses.
El nuevo decreto sustituirá al de mayo de 2015, que prohíbe el alquiler vacacional en zonas turísticas sin excepciones y que está pendiente de una sentencia recurrida al Tribunal Supremo, por lo que no hay «vacío legal» y «en lo sustancial está vigente», afirmó Castellano.
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El desigual desarrollo del alquiler vacacional en función de las islas o los municipios y la disparidad de intereses, es lo que ha llevado al ejecutivo a que sea en el ámbito insular o local en los que se decida finalmente y con flexibilidad si se autoriza o no esta actividad turística fuera del ámbito residencial.
Además de definir las zonas en las que se podrá desarrollar el alquiler vacacional, los cabildos y ayuntamientos también podrán incluir estándares de calidad y requisitos propios.
Canarias prohíbe el alquiler vacacional en zonas turísticas aunque cabildos y ayuntamientos podrán fijar excepciones https://t.co/oPNTkaL4fz Fuente @EPCanarias pic.twitter.com/QnoJ5su2od
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En Canarias hay unas 31.000 viviendas dedicadas al alquiler vacacional, de las que solamente 6.600 están autorizadas, y a partir de la aprobación del nuevo decreto las plataformas y canales en las que se promocionan estarán obligados a retirar las ofertas que la administración les notifique como irregulares, explicó el consejero.
Castellano dijo que la Consejería cuenta para controlar estas cuestiones con 14 inspectores turísticos, pero trabaja en un plan de inspección que permita un mayor seguimiento.
El alquiler vacacional en Canarias limita esta actividad al suelo residencial y la excluye con carácter general de las zonas turísticas, aunque cabildos y ayuntamientos podrán establecer excepciones en sus respectivos ámbitos territoriales
El alquiler turístico vacacional supone alrededor del 10% de la oferta alojativa de Canarias, una cifra que se mantiene estable desde 2010, según los estudios realizados por la Consejería, que apuntan que la oferta de viviendas creció un 5,8% desde 2016 a 2017, hasta un total de 31.675 viviendas, lo que representa algo más de 131.000 camas.
Entre otros objetivos, se pretende que los residentes puedan disponer de viviendas en alquiler dignas y asequibles y que el desarrollo turístico sea sostenible y ordenado, aunque el decreto por si solo no puede resolver problemas que son transversales, agregó Castellano.
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La nueva norma distingue los propietarios con hasta dos viviendas, del que tenga tres o más, para el que el alquiler vacacional se considera como actividad es profesional y obliga a la contratación de empleados respetando los convenios colectivos.